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Medidas preventivas brotes COVID-19

 

MEDIDAS ESPECIALES PARA LA CONTENCIÓN DEL BROTE DEL COVID-19

 

 

► Uso de la mascarilla

Es obligatorio el uso de mascarilla en:

  • Transporte público aéreo, marítimo, ferroviario y viario, incluyendo taxis y vehículos similares de hasta 9 plazas. Es una excepción de la obligación los barcos en las cabinas o en los espacios exteriores si se puede mantener la distancia de 1,5 metros con otras personas
  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios -como hospitales, centros de salud o farmacias-, excepto para personas ingresadas si están en su habitación
  • Espacios compartidos de los centros sociosanitarios (excepto para las personas residentes)